OPINIÓN Y ANÁLISIS

Decreto autoriza la importación de petróleo con miras a producir y garantizar combustible

El Gobierno promulgó este miércoles el Decreto Supremo 5548, que autoriza de manera excepcional a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y a las refinerías del país a importar petróleo, con el objetivo de garantizar el abastecimiento de combustibles en el mercado interno.

La norma, firmada por el presidente Rodrigo Paz y su gabinete, establece que YPFB podrá suscribir contratos con las refinerías para la importación de petróleo destinado a su procesamiento, en el contexto de las medidas excepcionales adoptadas para asegurar el suministro de combustibles y energía.

El decreto señala que la medida busca incrementar la producción nacional de combustibles, maximizar la capacidad de procesamiento de las refinerías, garantizar la operatividad de los sistemas de transporte por ductos y reducir los costos asociados a la importación de productos terminados.

Los volúmenes de petróleo importado serán programados y asignados por el Comité de Producción y Demanda (PRODE), en función de las necesidades del mercado interno, la capacidad de transporte y el potencial de procesamiento de las refinerías, con base en la información proporcionada por YPFB y otros actores del sector.

El Ministerio de Hidrocarburos establecerá, mediante resolución ministerial, los requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización de importación.

Asimismo, la calidad del petróleo importado deberá cumplir parámetros técnicos definidos por esa cartera de Estado, y las refinerías serán responsables de garantizar su cumplimiento.

El decreto dispone que las refinerías que procesen petróleo importado deberán comercializar los productos regulados a YPFB o al distribuidor mayorista, conforme a la normativa vigente. También podrán exportar excedentes de productos refinados, previa autorización del ente regulador y del PRODE.

En cuanto a los precios, los productos regulados derivados del petróleo importado se comercializarán conforme al reglamento de precios vigente. Además, podrán ser mezclados o no con aditivos de origen vegetal, de acuerdo con la normativa aplicable.

La norma establece que la importación de petróleo y la comercialización de sus productos en el mercado interno no estarán sujetas a subvención.

Adicionalmente, fija una alícuota específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) de cero bolivianos por litro para los productos regulados resultantes del procesamiento de petróleo importado, por el plazo de un año a partir de la vigencia del decreto.

El Ministerio de Hidrocarburos deberá reglamentar el decreto en un plazo de hasta 15 días hábiles desde su publicación.Decreto autoriza la importación de petróleo con miras a producir y garantizar combustible

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